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Senegal: Reagrupación.

Existen dos modalidades. La reagrupación familiar directa y la reagrupación con un ciudadano comunitario.

Reagrupación familiar.

El extranjero que tenga una autorización para residir en España durante un año, después de solicitada la renovación de la misma tiene derecho a reagrupar a:

Deberá solicitarse cita aquí. Será necesario presentar la siguiente documentación:

Estos últimos documentos deben ser legalizados en el Ministerio de Asuntos Exteriores del país correspondiente (Senegal o Gambia) y traducidos al español en el Ministerio de Asuntos Exteriores de Senegal para los documentos senegaleses o en la Embajada de Gambia en Dakar para los documentos gambianos.

La tasa es de 40.000CFAS. Todos estos documentos deberán entregarse con UNA COPIA. Los originales se adjuntarán al primer formulario de solicitud de visado y las copias al segundo.
 
Además, habrá que aportar:

Reagrupación familiar con un ciudadano comunitario.

Los españoles y ciudadanos comunitarios residentes en España tienen derecho a reagrupar en régimen comunitario (sin pedir autorización en la Subdelegación del Gobierno) siempre que les acompañen a España o se reúnan allí con ellos:

Deberá solicitarse cita (cog.dakar.vis@maec.es) poniendo en el asunto CITA. Visado ESC y presentar la siguiente documentación:

Documentación necesaria para reagrupar a un cónyuge:

Para los matrimonios:

Para las parejas de hecho:

Documentos del reagrupado:

Documentos del reagrupante español o comunitario:

 Documentación necesaria para reagrupar a un descendiente o ascendiente:

Importante: